Derechos Humanos / Anuario 2017

170 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2017 ellas. Las reformas en la legislación penal consig- nan el acoso sexual en el trabajo. De manera no sorprendente, las causas se siguen buscando en las mujeres: su forma de vestir, sus sonrisas, sus coqueteos, cualquier cosa que se pueda interpre- tar como dar entrada a un comentario libidinoso, un tocamiento, una propuesta. El acoso sexual en los diversos espacios coloca a las mujeres en una situación de gran fragilidad. Comentarios naturalizados, por soeces y agresi- vos que sean. El problema no está en las miradas ni en las palabras. Las mujeres aprendemos a cerrar los oídos, porque sabemos que en cual- quier momento se puede pasar de la palabra a la acción; de las groserías a los tocamientos; de cercar el paso a la violación. Además, hay que señalar que el movimiento feminista establece alianzas con otros movimientos sociales, de manera destacada el movimiento urbano popular y el movimiento lésbico gay. También existen experiencias de coordinación con legisladoras (y legisladores), así como personas solidarias de los medios de comunicación. El vínculo con la academia ha sido más sólido y consistente. Sin duda alguna, más de dos décadas de trabajo continuo habían rendido ya algunos frutos, pero la erradicación de la violencia se veía aún muy lejana. En 1994 ocurrió la primera desaparición de una mujer en Ciudad Juárez. La secuencia delictiva impli- cada en la atrocidad de esos sucesos nos llevó a acuñar el término feminicidio. No era sólo el asesinato de una mujer, sino la saña con la que se había co- metido y el carácter indubitable de crimen de odio. Ese mismo año, curiosamente, vio la luz la Convención de Belem do Pará, cuyo objetivo es precisamente prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Violencia sexual, maltrato doméstico, acoso sexual, feminicidio. Todos estos sucesos están marcados por el odio misógino. Considerar que las mujeres no somos seres humanos, sino mujeres. Sólo mujeres. Y la construcción social de las mujeres, diría Marcela Lagarde, implica la autorización –tácita o explícita– de ventilar la hostilidad masculina. Como mujeres tenemos el mandato de no provocar, no “exasperar la parte brusca, irritable y dura de sí mismo, propia de su carácter”, habría dicho Melchor Ocampo en su famosa epístola del siglo XIX. Tal es la justificación social para buscar en las víctimas las causas de la violencia. En los casos de feminicidio, la vida de las mu- jeres, hasta en los mínimos detalles, es sometida a un riguroso escrutinio post mortem. Las investi- gaciones no apuntan –por lo menos no necesaria- mente– a las circunstancias de los crímenes, sino al comportamiento de las mujeres, con énfasis en la sexualidad. El acceso a la justicia encuentra fuertes obstácu- los en la construcción de los modelos de feminidad y masculinidad. A pesar de que existen Protocolos especializados para la investigación rigurosa de los hechos, se manipula la evidencia; se filtra información a la prensa; se señala –con o sin veraci- dad– que las mujeres habían consumido alcohol o drogas; se desestiman los derechos de las víc- timas indirectas y, en síntesis, se niega no sólo la justicia, sino la más elemental seguridad jurídica. El nuevo siglo En 2006, se promulgó la Ley general para la igualdad entre mujeres y hombres y, en 2007, la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia. La primera fue poco conocida. La segunda llegó con generosos financiamientos que permitieron que un plazo relativamente breve todas las entidades del país contaran con sus ordenamientos correlativos. Esta Ley tiene por objeto establecer directrices para los tres niveles y órdenes de gobierno, a fin de erradi- car la violencia contra las mujeres. La Ley habla de tipos y modalidades de violen- cia. Los primeros son: física, psicológica, patrimonial, económica y sexual. Las modalidades se refieren a los espacios sociales donde puede ocurrir la violencia: familiar, laboral y docente, comunitaria, institucional y feminicida. La diputada Marcela Lagarde, promotora de esta Ley, comentaba que así como los esquima- les requieren 23 vocablos para referirse a otros tantos tipos de frío, las mujeres mexicanas requerimos cin- co tipos y cinco modalidades para encontrar, en la red de articulaciones, una somera aproximación a la violencia que existe. Esta ley fue posible gracias al trabajo coordina- do de las legisladoras comprometidas con esta temática y, de manera destacada, a las alianzas que lograron generar con compañeros legisladores, gente de los medios de comunicación, organiza- ciones civiles e instituciones académicas. El colorido de las alianzas ha sido espec- tacular en los avances hacia la construcción de

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