Derechos Humanos / Anuario 2017
54 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2017 ese tratado, en América Latina su uso también se ha extendido, su principal usuario son las Fuerzas Armadas de Colombia que han utilizado amplia- mente las ametralladoras “Gatling” y las modernas “Dillon Aero” montadas en sus helicópteros con- tra las guerrillas que operan esencialmente en las espesas selvas del amazonas colombiano. Cabe resaltar que la comercialización de ametralladoras “Dillon Aero” está reservada para Fuerzas Militares, en México se encuentra dentro de los inventarios de la Fuerza Aérea Mexicana (FAM) y la Marina (SEMAR), sin embargo, la Policía Federal también posee sistemas de esta clase como parte del proce- so de militarización al que ha sido sometida desde finales del siglo pasado. La CNDH emitió una recomendación 4 que demos- tró que 22 de las 42 personas fueron torturadas y posteriormente ejecutadas extrajudicialmente, aun cuando habían depuesto su actitud hostil, mientras que los miles de disparos efectuados desde el helicóptero de la Policía Federal arrasaron el techo de lámina de una bodega situada dentro del lugar, sin que fuera tomado en cuenta el riesgo de que hubiera civiles desarmados y/o heridos al interior, violentando los protocolos de acción policiaca en cuanto al uso de las armas de fuego que estable- cen el uso de la fuerza de manera proporcional, reducir al mínimo los daños y las lesiones, así como la prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes (Hikal, 2010). El apoyo aéreo con este tipo de armas desde helicópteros resulta en la imposibilidad de identificar desde el aire si se le dispara a un agresor o a un civil, aunado a la cadencia de tiro de 60 disparos por segundo que suprime cualquier posibilidad de sobrevivir a un error del operador o a una omisión directa como la cometida en Tanhuato al disparar con el sistema “Dillon Aero” de manera indiscriminada. El caso de Tanhuato no es el único en el que se ha evidenciado el uso del sistema “Dillon Aero” desde helicópteros “Black Hawk”, recientemente se difundieron en redes sociales y medios de comunicación una 4 “Recomendación No. 4vg /2016 sobre la investigación de vio- laciones graves a los derechos humanos, por el uso excesivo de la fuerza que derivó en la ejecución arbitraria de 22 civiles y la privación de la vida de 4 civiles; la tortura de dos personas detenidas; el trato cruel, inhumano y degradante en perjuicio de una persona detenida y la manipulación del lugar de los he- chos, atribuida a la Policía Federal, con motivo de los hechos ocurridos el 22 de mayo de 2015 en el “Rancho del sol”, muni- cipio de Tanhuato, Michoacán.” serie de videos en donde se muestra el accionar de estas armas en áreas urbanas por parte de la Secretaría de Marina durante operativos en Nayarit y Tamaulipas, en ambos casos también resultó la muerte de los presuntos integrantes de la delincuen- cia organizada. El uso del sistema “Dillon Aero” desde vehículos terrestres en zonas densamente pobladas resulta altamente peligroso para la población civil, sin embargo, eso no ha sido impedimento para que también existan casos en los que han sometido a grupos de la delincuencia organizada con estos implementos, como sucedió en el caso de un enfren- tamiento en Fresnillo, Zacatecas, en el año 2011, en donde gracias a un video difundido en medios electrónicos 5 se revela que la Secretaría de Marina hizo uso de este tipo de armamento en una zona urba- na durante un enfrentamiento en el que perdieron la vida 15 personas señaladas de pertenecer a un grupo criminal. En ninguno de los casos men- cionados, salvo Tanhuato, se ha promovido una investigación por posible exceso en el uso de la fuerza. No se trata únicamente del material de guerra empleado en funciones de seguridad pública, sino del entrenamiento, capacitación y estado de salud de aquellos que deben emplearlas. Gran cantidad de elementos asignados a estas tareas sufren de trastornos psicológicos, producto del intenso entrenamiento al que son sometidos en su forma- ción en la que se le apuesta más a la letalidad que a la profesionalización, además los constantes enfrentamientos han tenido un impacto signifi- cativo en la capacidad de seguir los protocolos que rigen el uso de las armas, es decir, no son aptos para efectuar tareas que requieren un estado de salud mental óptimo, sin embargo, el problema ha sido ignorado por los altos mandos que continúan enviando a las calles a una importante cantidad de efectivos que requieren atención psicológica (Pérez, 2016). Ley de Seguridad Interior y la normali- zación del uso de armas de guerra 5 En el minuto 6:33-7:40 se aprecia el uso de una ametralladora “Dillon Aero” montada en un vehículo rodeado por elementos de la SEMAR, se aprecia el uso de este sistema dentro de un área poblada. Disponible en https://www.youtube.com/watch?- v=BZ9eBYYAH3w&t=9s
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