Derechos Humanos / Anuario 2015
114 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2015 La reflexión sobre temas relacionados con el abuso del poder, la subordinación de la mujer y, en general, los tipos de violencia que se “permiten” dentro del sistema patriarcal, generalmente tiene que batallar por tener cabida en los espacios públicos. Es importante hablar del feminicidio como un delito tipificado y estudiarlo desde diversos puntos de vista. En el presente artículo se abordará desde la psicología. Si bien no puede establecerse una línea divisoria entre esta ciencia y la sociología o la antropología social, al momento de estudiar fenómenos como el que nos ocupan, sí es posi- ble hablar de explicaciones y aproximaciones que permitan un enten- dimiento completo del fenómeno y una intervención de distintos pro- fesionales en la prevención y el abordaje tanto individual como social. La reflexión sobre temas relacionados con el abu- so del poder, la subordinación de la mujer y, en gene- ral, los tipos de violencia que se “permiten” dentro del sistema patriarcal, generalmente tiene que batallar por tener cabida en los espacios públicos, de tal forma que puedan contribuir a mejorar la calidad de vida de la población. A su vez, la lucha de las mujeres por crear estos espacios, es descalificada y juzgada –desde una óptica patriarcal– como innecesarios. 3 En este sentido, lo que se juega en el fondo ante este tipo de discursos es la disputa por la autonomía de la mujer dentro de un sistema económico, social y cultural que aprueba y reproduce la esclavitud del ser mujer al servicio del otro. A pesar de este panorama, la lucha por la autonomía de la mujer –afortunadamente– ha ido ganando terreno en los ámbitos de estu- dio, sin embargo, aún con los diversos esfuerzos generados en el campo académico y laboral e incluso legislativo, los pasos alcanza- dos –si bien importantes– no han sido suficientes para afirmar que es una lucha ganada. En México se tienen avances recientes como las reformas al Código Penal Federal para tipificar y sancionar los delitos de feminicidio. Se han aprobado las siguientes leyes: la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en 2006, y en 2007 la Ley General de Ac- ceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; sin embargo, los supuestos beneficios de dichas leyes no se reflejan en la creciente tasa de feminicidios que se manifiesta en el país. Si bien las mujeres han participado en luchas sociales al lado de los hombres, pocas veces se ha reconocido su papel activo; en general han sido consideradas como acompañantes o ayudantes, visión que está lejos de entender que lo que ellas reclaman es autonomía. En este sentido, Castillo (2011) apunta que la mujer normalmente no es tratada como un fin en sí mismo, sino como instrumento de las nece- sidades de los otros, simple reproductora, cocinera, lugar de descarga sexual o cuidadora, más que como una fuente de dignidad en sí misma. 3 Incluso en países y regiones en donde los feminicidios son menos frecuentes, los periódicos no dedican más que una pequeña parte de su contenido a informar sobre estos sucesos y, cuando lo hacen, solamente describen el hecho y no hacen un análi- sis de éste como se explica en “El tratamiento informativo de las víctimas de violencia de género en Euskadi”: Deia , El Correo , El País y Gara (2002-2009), en donde se afir- ma que persiste la confusión de abordar el tema como “violencia de género” o como “suceso”. La manera de tratarlo en el periódico depende de lo llamativo que pueda resultar y, muchas veces, del grado de violencia utilizado en el asesinato.
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