Derechos Humanos / Anuario 2015
154 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2015 La cndh , al igual que otros tantos órganos que operan también en pro de los derechos humanos en materias específicas, sólo puede recuperar credibilidad a partir de entregar resultados concretos, pero para ello debe superar una serie combinada de condicionamientos orgánicos y ajenos a su propia institucionalidad, lo cual requerirá in- dudablemente de una profunda reforma inserta en un contexto más amplio de cambios estructurales en el Estado mexicano. Conclusiones No puede negarse el papel que la Comisión ha tenido en el desarro- llo del discurso de los derechos humanos en México y la cultura de su respeto y promoción, o incluso en la visibilización de casos espe- cíficos y la develación de patrones de actuación. Sin embargo, las violaciones graves, impunes, masivas y sistemáticas de los derechos humanos son un problema presente en la sociedad mexicana, tal y como ha sido corroborado durante la Sesión del Tribunal Permanente de los Pueblos en nuestro país y por los informes presentados por distintas instancias especializadas de la onu y organizaciones no gu- bernamentales, nacionales y extranjeras, en años recientes. No obstante, la sociedad civil ha dado pasos agigantados en su proceso organizativo y en la apropiación del discurso de los dere- chos humanos, especialmente en materia de seguridad ciudadana, derechos de las mujeres y libertad de expresión, pues la violencia en contra de la población en general, de las mujeres en particular, así como la represión en las calles y el control de los medios masivos de comunicación ha sido fatal. La discriminación y la violación de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas, el florecimiento de múltiples conflictos ambientales por todo el país, así como la re- gresión y potencial anulación en materia de derechos económicos, sociales y culturales, motivadas por la implementación de la política económica neoliberal durante más de 30 años, son retos que, sin duda, tendrán que afrontar la Comisión y los organismos locales de protección de los derechos humanos. visibilidad y autonomía constitucional, hoy tenemos defensorías públicas de papel, sin presupuesto, sobrecargadas de trabajo y olvidadas por todos. Estas instituciones no cuentan con una plataforma básica para garantizar una defensa legal efectiva a quie- nes no tienen dinero para contratar a un abogado. Pero, paradójicamente, tenemos comisiones de derechos humanos que cuestan mucho más que instituciones equi- valentes en América Latina, con abogados bien formados y bien remunerados. Así, para los pobres, no hay defensorías ni acceso a un tribunal pero sí, en cambio, comi- siones de derechos humanos caras pero ineficaces. Ello genera enormes asimetrías sociales: para los ricos una sentencia de amparo y para los pobres una queja ante la Comisión. Los derechos humanos de los primeros están garantizados jurisdiccional- mente y si la autoridad no quiere acatar la sentencia, el juez puede inclusive ordenar su destitución. En cambio, para los miles que no puedan contratar un abogado, las violaciones a sus derechos humanos en el mejor de los casos, ya que como vimos las recomendaciones son escasas, se protegen con una declaración de la cndh que no vincula ni sanciona a nadie y que es frecuente que las autoridades no la acaten. Es increíble que hasta en el mundo de los derechos humanos, que por definición es de los excluidos y vulnerables, nuestras profundas asimetrías sociales prevalezcan en el diseño institucional mismo” (Magaloni y Elizondo, 2015).
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