Derechos Humanos / Anuario 2015

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2015 109 no es sólo la exigencia de una demanda, sino que, al usar el espacio público y colocarse como actores sociales frente al Estado, quienes protestan también se encuentran en ejercicio de un control democráti- co directo sobre el poder público establecido. El carácter refractario del poder político frente a las manifestaciones surge porque en ellas se evi- dencian actuaciones que afectan a grupos sociales o favorecen una agenda particular en detrimento de las mayorías. Pero además, la protesta, al ejercer un contrapeso del poder delegado, va al centro del núcleo democrático y del fundamento del poder po- lítico institucionalizado. Como sostiene Roberto Gar- garella (2005), “en el núcleo esencial de los dere- chos de la democracia está el derecho a protestar”. En un nivel profundo, la irrupción de grandes sectores sociales al espacio público permite ver, más allá de las demandas, de las circunstancias y del espacio desde el que se desenvuelven las protestas, un elemento común, que ubica una con- dición histórica en nuestros países –no inherente ni constitutiva–, de lo que Enrique Dussel (2006: 14- 15) denomina corrupción originaria y que consiste en quebrantar el carácter obediencial del poder con intereses ajenos e incluso contrarios a los de la comunidad política. La protesta, el poder político y la democracia El metarrelato político de la Modernidad estable- ce como punto de su origen que el Estado y el ordenamiento jurídico son creados y mantienen su condición de legitimidad en la medida en que su desarrollo como poder delegado conforma un poder público con autoridad y un cuerpo legal e institucional que representa los intereses popu- lares materializados en los documentos políticos denominados Constituciones. El sentido de las democracias constitucionales es: establecer los objetivos del Estado y, al mismo tiempo, regular e imponer límites al poder público, que están prece- didos por una decisión de la comunidad de instru- mentar el poder, manteniendo la capacidad origi- naria y fundacional de la autoridad popular como der, cuando existen “actos sucesivos y encadenados” con apa- riencia legal que buscan ilegítimamente afectar a una persona. Véase: Comisión idh , Informe Nº 43/96, Caso 11.430, México, 15 de octubre de 1996, párrafo 70. núcleo esencial e irreductible de la democracia (Dussel, 2006: 26). Si el poder derivado desvirtúa el mandato –por ejemplo, cuando se generan condiciones que afectan los derechos humanos o no se actúa frente a las mismas–, afecta el fundamento y el sentido de su existencia y, en consecuencia actúa trasgre- diendo su condición obediencial. Frente a esto, la protesta constituye una forma de control democrá- tico directo del conjunto del cuerpo político forma- do por el aparato de Estado, el orden jurídico, las instituciones y las autoridades. En este sentido, la movilización popular y la protesta social remiten a la condición originaria de ejercicio de la sobe- ranía y a la ordenación o rehabilitación del poder político, con el objeto de que el poder establecido se dirija a la realización de la satisfacción de los intereses y necesidades de las mayorías y de los grupos en condición de vulnerabilidad. Es bajo este supuesto que la protesta se vincula con la democracia y con el poder político. Como ejercicio democrático opera como garantía de de- rechos frente al poder establecido. Además, su di- mensión colectiva y su expresión en los espacios públicos permiten visibilizar las acciones del Esta- do, el uso desviado del poder o las violaciones a derechos humanos, al tiempo que erige en actores sociales a quienes se movilizan y que son, precisa- mente, aquellas colectividades cuyas voces sue- len ser más ignoradas y sus derechos vulnerados. De esta forma, la crítica al ejercicio del poder tiene un valor central por vincularse con el núcleo duro del sistema democrático (Gragarella, 2006: 22). Lo anterior ha sido también reconocido por la Corte In- teramericana, para quien la “manifestación social” es un elemento indispensable en “la consolidación de la vida democrática” (Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2005: 91). Un futuro posible de la protesta en Nuestra América Por su historia vivida, América Latina emerge como un espacio privilegiado de realización de utopía, de invención de formas novedosas y ori- ginales de organización social y política en la búsqueda de sociedades que sean distintas a las formadas en nuestras circunstancias actuales. En este sentido, los movimientos sociales han incor- porado la protesta social como una forma de ac-

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