Derechos Humanos / Anuario 2015
132 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2015 Por mandato constitucional, la soberanía nacio- nal reside esencial y originalmente en el pueblo y, en congruencia con ello, todo poder público ema- na del pueblo y se instituye para su beneficio. Las normas que contienen derechos humanos y que establecen sus garantías expresan, en un nivel más concreto, este mandato constitucional, a la vez que definen con mayor detalle los deberes fun- damentales del Estado mexicano en relación con la satisfacción del interés público y el desarrollo de las condiciones de la vida social. La figura del Ombudsman , las defensorías del pueblo o los organismos protectores de de- rechos humanos tipo las comisiones que operan en México y, en general, el sistema no jurisdic- cional de protección previsto en el Apartado B del Artículo 102 constitucional, asumen como función básica colaborar en la difícil misión de controlar, en un marco de instituciones y en be- neficio del conjunto de la sociedad, el ejercicio del poder detentado por actores públicos y pri- vados, así como hacer coherente el origen popu- lar del poder público con los resultados efectivos de su ejercicio institucional. La justificación de instancias como la Comisión Nacional de Derechos Humanos ( cndh ) radica en el importante papel que deben desempeñar tales organismos en la gestión de necesidades sociales apremiantes bajo la forma jurídica de la protección de los derechos humanos, pues su desatención es un obstáculo para la consolidación democrática del Estado mexicano, ya que la vulneración de los derechos fundamentales de la población pone en duda la vigencia de un auténtico Estado constitu- cional de Derecho, de su impronta democrática e, incluso, de su legitimidad. Asimismo, conocer la competencia de la Comi- sión le permite a la sociedad civil y a las víctimas de violaciones de derechos humanos apropiarse, sin falsas expectativas, de la institución y aprove- char sus mecanismos de protección al incluirlos dentro de las estrategias integrales de defensa de sus derechos y empoderamiento ciudadano. Final- mente, las atribuciones de la cndh y su adecuado desempeño pueden ser herramientas sociales y mecanismos útiles para el propio Estado en aras de combatir y erradicar el ejercicio arbitrario del poder y la impunidad, así como instrumentos para avanzar en la construcción de una sociedad justa y una cultura jurídica incluyente y participativa. Sin embargo, en la práctica, las atribuciones de la Comisión son ineficaces, entre otras razones por- que operan sobre una plataforma de vacíos institu- cionales, pero también porque la realidad misma de la sociedad mexicana rebasa por mucho sus limita- das capacidades. La política económica neoliberal avanza y se sostiene por la violación de derechos humanos y la consiguiente generación de todo tipo de víctimas. Además, por supuesto, la manipula- ción política de la institución y su propia estructura y perfil condenan a la cndh a jugar el papel mediocre y altamente cuestionable que hasta ahora ha des- empeñado. Naturaleza jurídica y ámbito competen- cial de la cndh Creada el 6 de junio de 1990 por Decreto presi- dencial, como órgano desconcentrado de la Se- cretaría de Gobernación, la cndh era definida por el artículo segundo de dicho Decreto como […] el órgano responsable de proponer y vigilar el cumplimiento de la política nacional en materia de respeto y defensa de los derechos humanos […y para ello] instrumentará los mecanismos necesarios de prevención, atención y coordinación que garanti- cen la salvaguarda de los derechos humanos de los mexicanos y de los extranjeros que se encuentren en el territorio nacional; esto último en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores. 2 2 “Al quedar instituida la cndh original de 1990, creada por decre- to del Ejecutivo federal, fue definida con un estatuto jurídico en precario y con ello sus competencias prácticamente limitadas a supervisar actuaciones de los órganos de la administración pú- blica que por disposición constitucional se encuentren dentro de la jerarquía que encabeza el Presidente de la República […] La cndh original impulsada por el Presidente de la República quiso extralegem ser omnicomprensiva en sus potencias de actuación y montada en la energía gubernativa del presidencialismo que la había inventado, sin saberlo o intuirlo quizás, propició los más per- durables anticuerpos a su consolidación institucional. En verdad es preciso afirmar que la cndh original debió ser cautelosa en el alcance de sus facultades dadas las características del organis- mo (desconcentrado de la Secretaría de Gobernación) así creado, limitado a ser un autocontrol de la administración pública federal y en todo caso haberse dedicado a explorar sus competencias y con ello ir en paralelo conquistando un mejor estatuto jurídico, el que todavía no tiene plenamente. Sin embargo, se extendió aira- damente en sus intervenciones, llegando al escrutinio de los as- pectos administrativos del poder judicial y en busca de evidencias también hizo escaladas y aterrizajes atravesando la barrera de las
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